SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1708/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1708/2004-R

Fecha: 22-Oct-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 23 de agosto de 2004, cursante de fs. 5 a 6, los recurrentes aseveran que no tuvieron conocimiento de la audiencia pública solicitada por la denunciante y la querellante, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por el delito de lesiones leves, en la que las autoridades recurridas oficiaron de tribunal de alzada, dictando el Auto de Vista de 31 de julio de 2004 que revoca el auto interlocutorio motivado de aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva en su favor dispuesta por el Juez Cautelar y Liquidador, en cuyo cumplimiento se les detuvo el 21 de agosto de 2004 a horas 11, cuando se disponían a firmar el libro de registros de presentación semanal; momento en el que tomaron conocimiento de la revocación de las medidas cautelares impuestas en su favor.

El Auto descrito no hizo una valoración total de la prueba literal presentada de su parte en la audiencia de aplicación de medidas cautelares realizada el 22 de junio de 2004 al Juez Cautelar, quien les impuso esas medidas, ya que en ningún momento trataron de rehuir a la investigación preliminar para la averiguación de la verdad ni al desarrollo del debido proceso, además que el Ministerio Público en su imputación formal pidió la aplicación de las mismas, haciendo notar que hasta el momento no se demostró por el Fiscal ni por la parte querellante que existan los riesgos procesales contenidos en los arts. 233 al 235 del Código de procedimiento penal (CPP). El fallo impugnado tampoco individualiza a los imputados cual manda el art. 236 del CPP, vulnerando con ello sus derechos, por lo que plantean el presente recurso.