Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1727/2004-R
Fecha: 29-Oct-2004
II.2.
II.2. El 24 de agosto de 2004, el Tribunal Primero de Sentencia de La Paz, pronunció la Sentencia condenatoria 18/2004 contra la recurrente imponiéndole una pena privativa de libertad de 10 años de prisión por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas (fs. 22 a 33). A su vez el Tribunal de Sentencia Segundo de la ciudad de El Alto, el 17 de mayo de 2004 dictó la Sentencia 08/2004, condenando a la recurrente a la pena de 12 años de presidio por la comisión del delito de transporte de sustancias controladas (fs. 34 a 44 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- antes de imponer la detención preventiva, la autoridad competente deberá agotar todas las demás posibilidades respecto de medidas cautelares para asegurar la presencia de la sindicada en el desarrollo del juicio.
- antes de imponer la detención preventiva de la gestante o madres durante la lactancia de hijos menores de un año, la autoridad competente tiene el deber de agotar todas las posibilidades de aplicar otras medidas cautelares alternativas o sustitutivas previstas por ley.
- III.3.