SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1732/2004-R
Fecha: 27-Oct-2004
II.2.
II.2. El Juez recurrido, el 17 de abril de 2003, emitió Sentencia declarando probada la demanda, refiriéndose sólo a las excepciones de impersonería y de inhabilidad de título, señalando que no se consideró la excepción de extinción de hipoteca por no estar contemplada en la economía procesal civil vigente (fs. 387 a 390). Por memorial de 24 de junio de 2003, el recurrente presentó apelación contra la mencionada sentencia con el fundamento de que el Juez recurrido habría actuado ilegalmente al no considerar la excepción de extinción de hipoteca, vulnerando la situación jurídica de los fiadores hipotecarios, que no pueden ser arrastrados a extender sus gravámenes o hipoteca al contrato de cesión a título de dación de pago (fs. 393 a 396); en la expresión de agravios no denunció la omisión de la sentencia al no haberse pronunciado, el Juez de la causa, respecto a las excepciones de poder insuficiente, incompetencia y falta de fuerza ejecutiva.