Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1777/2004-R
Fecha: 16-Nov-2004
2º
2º Declara PROCEDENTE el recurso y anula obrados hasta la audiencia de lectura de sentencia, para que el Defensor de Oficio, en consideración de la presente Sentencia interponga el recurso de apelación y se proceda a notificar con dicha Resolución al representado del recurrente, para que haga valer sus derechos. Sin costas ni multa.