Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1853/2004-R
Fecha: 30-Nov-2004
III.1.
III.1. El recurso de amparo constitucional fue introducido en la Constitución de 1967, en el art. 19, como un recurso contra “…actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derecho y garantías de las personas reconocidos por esta Constitución y las leyes”; texto constitucional que se ha mantenido invariable hasta el presente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las personas recurridas
- improcedente
- II.1.
- 15 de agosto de 2003
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- garantía protege no es cualquier amenaza, sino a aquéllas que revisten entidad suficiente o idoneidad para lesionar el derecho fundamental amenazado
- al temor del sujeto que ve peligrar sus derechos fundamentales
- III.2.
- ningún acto que denote su intención de hacer efectiva su amenaza
- amenaza inminente, cierta ni actual
- APROBAR