SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1898/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1898/2004-R

Fecha: 13-Dic-2004

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente ratificó su demanda y la amplió señalando que la citación con la demanda es nula, pues si la persona notificada se rehusa a firmar lo debe hacer en su domicilio ya que no es válida una citación en vía pública, además de no entenderse como su representado habría concurrido ante el juez comisionado para notificarse con la demanda, sin previa intimación, preaviso, diligencia o representación que justifique su comparecencia. Además señaló que los actos denunciados afectan la libertad de locomoción de su representado.