Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1898/2004-R
Fecha: 13-Dic-2004
II.4.
II.4. El 31 de mayo de 1997, la Jueza de la causa dictó el Auto de relación procesal y entre las medidas provisionales fijó la suma de Bs500.- con mantenimiento de valor equivalente a $US95.41.- por concepto de asistencia familiar de conformidad al convenio suscrito por ambos cónyuges, teniendo como obligado al representado del actor (fs. 23 vta. doc. com.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- Fragmento 6
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.