Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1898/2004-R
Fecha: 13-Dic-2004
II.10.
II.10. El 18 de noviembre de 2003 la parte demandante devolvió la comisión instruida solicitando mandamiento de apremio ante el incumplimiento de pago (fs. 56 doc. com.) petición que mereció el Decreto de 19 de noviembre de 2003 (fs. 56 vta. doc.com.) que dispuso: “Habiendo sido notificado el obligado y no cancelado las pensiones devengadas en el término de Ley Líbrese” (sic.), el mismo que fue expedido el 8 de septiembre de 2004 (fs. 58 doc. com.) acompañada de la respectiva comisión instruida de 11 de septiembre de 2004 (fs. 59 doc. com.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- Fragmento 6
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.