Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0145/2004-R
Fecha: 04-Feb-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que las autoridades recurridas vulneraron sus derechos de petición, seguridad jurídica y seguridad social, al haber ordenado el cumplimiento de la Resolución del Senado Nacional 059/01-02, pretendiendo que se abone la suma de cuatro por mil sobre el valor respectivo de las demandas ejecutivas sociales, aplicando un Arancel judicial caducado, que sólo hace referencia a las demandas ejecutivas civiles. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si tales extremos son ciertos y si se encuentran dentro de la protección que brinda el art. 19 CPE.