Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0151/2004-R
Fecha: 04-Feb-2004
II.6
II.6 Por notas de 13 y 26 de junio de 2003 la recurrente solicitó al Director del SEDES elevar antecedentes y obrados al Prefecto, Secretario General y Director de Desarrollo Social de la Prefectura (fs. 46-47, 49-50). El Prefecto del Departamento, hizo conocer a la recurrente el 28 de mayo y 17 de junio de 2003 informes del SEDES (que a su vez hacen referencia a los cites 378/2003 y 627/2003) (fs. 54-55 y 51-52, respectivamente).