SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0151/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0151/2004-R

Fecha: 04-Feb-2004

III.1

            En el marco de la Ley 1654 de 28 de julio de 1995 o Ley de Descentralización Administrativa, se dictó el DS 25060 de 02 de junio de 1998, en el que se estableció la nueva estructura orgánica de las Prefecturas del Departamento, constituyéndose un nivel ejecutivo y operativo, a través de los Servicios Departamentales de Salud (arts. 1 y 2-IV.B); con el objeto de instituir el modelo básico de organización, atribuciones y funcionamiento de los Servicios Departamentales de Salud, se dictó el DS  25233 de 27 de noviembre de 1998, en el que se señaló que los SEDES se constituyen en órganos desconcentrados de las Prefecturas del Departamento, que tienen funciones técnicas, operativas y administrativas (la última relativa a gestión de recursos humanos, en cuanto a selección, contratación y retiro) (arts. 1, 2, 5-a), 9-K y 33). Esta normativa fue complementada con la previsión contenida en el art. 4 del DS 26875 de 21 de diciembre de 2002, que señala que el SEDES es el máximo nivel de gestión técnica en salud del departamento.

            Por otra parte, por Ley 2426 de 21 de noviembre de 2002, se estableció la creación de los Directorios Locales de Salud-DILOS, como máxima autoridad local en materia de salud, conformado por representantes de Gobiernos Municipales, Comités de Vigilancia y Servicios Departamentales de Salud (art. 6), cuyas atribuciones fueron reguladas en el DS 26875 de 21 de diciembre de 2002 que establece que el DILOS gestionará recursos físicos, financieros y humanos de la red de servicios de salud (arts. 7 y 8-VIII), reglamentándose su organización y funcionamiento por Resolución Ministerial 0446 de 07 de agosto de 2003.