Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2004-R
Fecha: 04-Feb-2004
II.3
II.3 Por decreto de 20 de junio de 2003, a solicitud de Matías Jara- demandante-, la Jueza recurrida Ada Luz F. de Bass Werner resuelve que se “notifique a Mariluz Demarche Lacoa- recurrente en el presente amparo-, para que en el plazo de 10 días entregue el inmueble a su propietario de conformidad con el art. 45 de la Ley 1760”(fs. 38 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- 1
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- sin alegar la vulneración de ningún derecho en concreto, ni fijar su petitorio con claridad, ni acreditar su legitimación procesal para recurrir de amparo,
- III.1
- III.2
- III.3
- derecho fundamental”