Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0165/2004-R
Fecha: 04-Feb-2004
II.6.
II.6. Mediante memorial de 29 de septiembre de 2001, el Fiscal Mario Cadima Cano, solicitó auto complementario fundamentando la detención preventiva de los imputados (fs. 113 a 114), el mismo que es dictado el 6 de octubre de 2001, ratificando la detención preventiva (fs. 116 y vta.), siendo notificados los hoy recurrentes el 15 de octubre de 2001, en el tablero del juzgado (fs. 117).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2 Audiencia y Resolución del Juez de hábeas corpus
- 1
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.7
- II.9.
- II.10.
- II.11. El 16 de noviembre de 2003
- II.12
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 18
- 4 de octubre de 2002
- III.2.
- III.3.