Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0175/2004-R
Fecha: 06-Feb-2004
III.4
III.4 Este Tribunal haciendo una interpretación sistematizada de los arts. 149, 436 CF y 11 de la Ley de abolición de prisión y apremio corporal por obligaciones patrimoniales (LAPACOP), ha dejado establecido que la obligación de cumplir con la asistencia familiar es inexcusable bajo prevención de expedirse mandamiento de apremio, teniendo en cuenta que esta obligación está vinculada a derechos fundamentales, cuyos titulares son menores de edad, a quienes la CPE, en su art. 193 CPE y demás leyes, les otorgan especial protección. Bajo este entendimiento, la tutela que brinda el hábeas corpus, no puede ser otorgada para eludir el cumplimiento de dicha obligación.