Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2004-R
Fecha: 09-Feb-2004
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada a hrs. 10:40 del 24 de diciembre de 2003, cursante a fs. 6 vta., el recurrente sostiene que habiendo sido absuelto de pena y culpa por el Tribunal Cuarto de Sentencia por falsas acusaciones hechas en su contra por el Ministerio Público, y pese a haberse librado el mandamiento de libertad en su favor, fue conducido al Penal de Palmasola enmanillado, sin que hasta la fecha le otorguen libertad, en contravención de lo dispuesto por el art. 364 del Código de procedimiento penal (CPP), no obstante haber demostrado que no tiene ni tuvo ningún antecedente policial ni fue acusado por ningún otro delito.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.1
- 1)
- a)
- b)
- c)
- II.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- error fue subsanado al practicarse la citación personal con el recurso al actual Director del Establecimiento Penitenciario Centro Rehabilitación Santa Cruz Palmasola, Miguel Rodríguez Montaño
- III.2.
- 24 de diciembre de 2003, a hrs. 10:40, cuando el recurrente continuaba detenido;
- III.3.
- pues quien debe ejecutar el mandamiento es el Director del Establecimiento Penitenciario,
- SC 323/2003-R
- APROBAR