SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0264/2004-R
Fecha: 27-Feb-2004
III.4.
III.4.La legitimación pasiva es la calidad que se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción; empero, debe entenderse que la demanda debe estar dirigida contra la “autoridad” que ostente el cargo desde el cual se realizó el acto ilegal o se incurrió en la omisión indebida, sin que ello implique que, en caso de existir responsabilidades ersonalísimas, como la penal, el funcionario que haya accedido al cargo con posterioridad al acto lesivo de derechos, tenga que asumir las consecuencias únicamente por encontrarse en funciones al momento de iniciarse la demanda y porque ésta haya sido dirigida en su contra.
En consecuencia, no es cierto que Fernando Gil Mendieta, actual Director del SEDES-Santa Cruz, carezca de legitimación pasiva en este caso, contrariamente a lo afirmado por la parte demandada y corroborado erróneamente por la Corte de amparo, ya que el presente recurso está dirigido en su contra, por su condición de Director del SEDES, pues fue en aquella instancia que se decidió el alejamiento ilegal de la representada del demandante, sin que pueda declararse improcedente el amparo en mérito a que la persona natural que ocupaba dicho cargo, ha sido sustituida por el hoy recurrido, a quien no le alcanzarán las responsabilidades personales, sino exclusivamente las institucionales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- flexibilizarse cuando se hubiese excedido en algunos días y la lesión del derecho fundamental sea evidente y de tal naturaleza que el órgano encargado del control de constitucionalidad no puede ni debe permitir se consume”
- primero
- el derecho que se debe proteger no es solamente al trabajo, sino otros derechos primarios de la recurrente y del ser en gestación
- III.4.
- 3º DISPONE