SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0264/2004-R
Fecha: 27-Feb-2004
improcedente
La Sentencia cursante de fs. 153 vta. a 154 vta., pronunciada el 4 de diciembre de 2003 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso, con costas de Bs200.- a la parte recurrente, bajo estos fundamentos: 1) la demanda de amparo no fue presentada dentro de los seis meses fijados por la jurisprudencia constitucional como plazo máximo para dicha interposición; 2) la responsabilidad penal es personal y “la vulneración de los derechos y garantías también es a título personal” de manera que el recurrido, que asumió funciones en 30 de octubre de 2003, carece de legitimación pasiva para ser demandado; 3) existen otras vías para que la representada del actor reclame el pago de beneficios sociales y otros derechos laborales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- flexibilizarse cuando se hubiese excedido en algunos días y la lesión del derecho fundamental sea evidente y de tal naturaleza que el órgano encargado del control de constitucionalidad no puede ni debe permitir se consume”
- primero
- el derecho que se debe proteger no es solamente al trabajo, sino otros derechos primarios de la recurrente y del ser en gestación
- III.4.
- 3º DISPONE