SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0266/2004-R
Fecha: 26-Feb-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
A raíz de la querella interpuesta en su contra por Félix Capo Mamani, se inició la investigación preliminar a cuya conclusión, el Fiscal los remitió ante el Juez recurrido, quien una vez realizada la audiencia de medidas cautelares, en desacuerdo con el requerimiento fiscal, mediante Auto de 8 de enero de 2004, les impuso medidas sustitutivas a la detención preventiva como ser no incursionar a la vivienda del querellante o víctima, no concurrir a lugares donde se expenden bebidas alcohólicas, presentarse al Ministerio Público en Buena Vista cada siete días y prestar una fianza “real” de Bs9000.-.; empero, no obstante la aplicación de medidas sustitutivas, el Juez cautelar contrariando su propia decisión, dispuso su detención preventiva hasta el cumplimiento de las medidas sustitutivas impuestas, sin considerar que hasta el momento de la imputación gozaban de libertad, puesto que el Ministerio Público nunca ordenó su aprehensión.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1
- (fs. 18),
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “ (...) debe entenderse que la norma prevista por el art. 245 del citado cuerpo legal es aplicable a los casos en los que el encausado o procesado se encuentre privado de su libertad por una detención preventiva y se disponga la cesación de la medida sustituyéndola por una fianza económica
- APROBAR