Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0266/2004-R
Fecha: 26-Feb-2004
II.5.
II.5. El 9 de enero de 2004 (fs. 50), el querellante Felix Paco Mamani solicitó al Juez Cautelar recurrido expida mandamiento de apremio, por encontrarse prófugos los imputados, la que fue resuelta por Auto de la misma fecha (fs. 50 vlta.) con el mismo argumento expuesto en la audiencia pública de hábeas corpus, en la que afirma de que si bien se dispuso la aplicación de medidas sustitutivas en el Auto de 8 de enero de 2004, por un error de redacción, en realidad los imputados merecían la detención preventiva.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1
- (fs. 18),
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “ (...) debe entenderse que la norma prevista por el art. 245 del citado cuerpo legal es aplicable a los casos en los que el encausado o procesado se encuentre privado de su libertad por una detención preventiva y se disponga la cesación de la medida sustituyéndola por una fianza económica
- APROBAR