SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0272/2004-R
Fecha: 27-Feb-2004
(fs. 181)
Habiendo sido sorteado el presente recurso el 24 de noviembre de 2003, este Tribunal mediante Acuerdo Jurisdiccional 012/2004 de 19 de enero (fs. 181) amplió el plazo procesal para resolver el mismo hasta el 18 de febrero de 2004; empero el Magistrado Relator en uso de las facultades conferidas por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional, requirió a la Comisión de Admisión que la Jueza Tercera de Partido en lo Civil del Distrito Judicial de La Paz remita el proceso civil ejecutivo seguido por la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Antonio de Orkojahuira” contra Tomás Machaca Mamani; documentación que fue solicitada mediante AC 036/2004-CA, de 21 de enero (fs. 184 - 185), disponiéndose a su vez la suspensión del cómputo del plazo para el pronunciamiento de la Sentencia hasta la recepción de la documentación solicitada.
Por decreto de 2 de febrero de 2004, la Comisión de Admisión de este Tribunal, remite a despacho del Magistrado Relator la documentación solicitada, disponiéndose la reanudación del computo del plazo, siendo la fecha de nuevo vencimiento el 2 de marzo del año en curso; por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo establecido por Ley.