SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0301/2004-R
Fecha: 09-Mar-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En su rebeldía y sin que haya sido citado para que asuma su defensa, se ha tramitado en su contra un proceso sumarial en el que el Tribunal Disciplinario Superior dictó la Resolución 15/2003, por la que se lo sancionó con retiro definitivo sin derecho a reincorporación, por haber incurrido supuestamente en falta grave de deserción. Como emergencia de esta sanción, se dispuso su baja de la institución policial a través de Resolución 230/2003 de 15 de julio emitida por el Comando General de la Policía Nacional, lo que se le hizo conocer por memorandum 1632/2003. Considerando que dicha sanción y baja son ilegales, por cuanto no desertó ya que trabajó y prestó sus servicios regularmente y conforme a lo determinado en memorandums y oficios 159/2003 de 7 de febrero, 078/2003 de 17 de febrero, 309/2003 de 25 de marzo, y 1993/2003 de 27 de marzo, presentó al Comandante General de la Policía como al Tribunal Disciplinario Superior una serie de memoriales y solicitudes haciendo notar el gravísimo error que se cometió en contra de su persona, pero se ha dispuesto que esté a su baja por deserción, con lo que agotó todos los recursos administrativos.