SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0312/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
improcedente
La Sentencia cursante de fs. 139 a 140 vta., pronunciada el 15 de diciembre de 2003 por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, declara improcedente el recurso, con costas y multa a calificarse en ejecución de sentencia, bajo estos fundamentos: 1) el Acta de Compromiso que se pretende dejar sin efecto ha sido firmada por varias autoridades, representantes sindicales, de Juntas Vecinales y otras personas que no han sido recurridas, de modo que no se podría anular ese instrumento al no haberse escuchado a todos los intervinientes, caso contrario, se les causaría indefensión; 2) no se ha agotado la vía administrativa antes de plantear el amparo, no siendo éste un recurso sustitutivo de los ordinarios establecidos en las normas legales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6. El 4 de diciembre de 2003 (fs. 78 y 79), se firmó el Acta de Compromiso -
- III.1.
- Fragmento 11
- adjudicar
- III.2.
- III.3.
- La vía administrativa
- III.4.
- por la persona que se creyere agraviada,
- por una parte,
- APRUEBA