Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0326/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
III.2
III.2 El art. 253 CPP, establece que el fiscal, hasta antes de dictarse sentencia, mediante requerimiento fundamentado, solicitará al juez de instrucción la incautación de bienes sujetos a decomiso o confiscación, de conformidad con el Código penal y la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.