Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0338/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
III.2
III.2 La Ley 1678 de 15 de diciembre de 1995 Ley de la Persona con Discapacidad (LPD), en su art. 17 establece el Comité Nacional de la Persona con Discapacidad, como entidad descentralizada del Ministerio de Desarrollo Humano, y ahora del Ministerio de Salud y Deportes, el que dentro de sus atribuciones señaladas por el art. 19 de la indicada ley en el inciso n) se establece: “abogar por los derechos de la persona con discapacidad”.