SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0401/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0401/2004-R

Fecha: 23-Mar-2004

III.4.2.

III.4.2. Con relación a contratos en materia administrativa suscritos con entidades públicas, este Tribunal ha señalado que las cuestiones en controversia emergentes de la ejecución del contrato deben ser dilucidas en las vías previstas por ley y no en la jurisdicción constitucional, pues en ésta no se puede definir, por ejemplo, si un contratista al ejecutar la obra y culminarla desarrolló todos los ítemes y de la forma pactada, pues para establecer esta situación necesariamente se debe verificar, no sólo en documentos sino en obra, el trabajo desarrollado por el contratista, facultad que no puede atribuirse este Tribunal dada la naturaleza de sus funciones asignadas por la Constitución.