SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0403/2004 - R
Fecha: 23-Mar-2004
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso declaró improcedente el recurso con los fundamentos siguientes: a) después de la imputación formal presentada por el Ministerio Público, ya no existe simplemente una denuncia; b) el fundamento de las medidas cautelares es que garantizan el cumplimiento efectivo de la sentencia y sólo pueden adoptarse por el órgano jurisdiccional competente, de modo que no existe vulneración a los derechos del debido proceso y a la locomoción; c) sobre la SC 1801/2003-R, de 5 de diciembre se ha cumplido con la exigencia de que la resolución contenga las condiciones de validez y; d) la resolución dictada por el recurrido, conforme a los arts. 250 y 251 del CPP, podía ser apelada, por lo que no es posible acudir a recursos constitucionales como el presente.