Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0419/2004-R
Fecha: 23-Mar-2004
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes, interpone recurso de amparo constitucional contra Lucidio García Morón Juez Segundo de Partido en lo Civil, Ramiro Claros Rojas, Edgar Terrrazas Melgar y Osvaldo Céspedes Céspedes, vocales de la Sala Civil Segunda, pidiendo sea declarado procedente y se anule el Auto de 17 de septiembre de 2003, que confirma la Resolución que declara improbada sus excepciones, disponiéndose su exclusión en el mencionado proceso coactivo civil.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe del recurrido
- I.2.3.
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Queda a salvo, para cualquiera de las partes, el derecho a promover demanda ordinaria en la forma prevista por el artículo 490 y se tramitarán por separado
- III.3.
- REVOCA