Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0419/2004-R
Fecha: 23-Mar-2004
II.2.
II.2. Por Sentencia de 11 de octubre de 2001 el Juez co-recurrido declaró probada la demanda coactiva ordenando que a tercero día cancelen los coactivados lo adeudado de $US15.500.- más intereses convencionales, de gastos y costas a favor del actor, bajo prevenciones de llevar adelante el remate en pública subasta de sus bienes y de los que pudieran embargarse en el transcurso del proceso (fs. 53).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe del recurrido
- I.2.3.
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Queda a salvo, para cualquiera de las partes, el derecho a promover demanda ordinaria en la forma prevista por el artículo 490 y se tramitarán por separado
- III.3.
- REVOCA