SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0419/2004-R
Fecha: 23-Mar-2004
III.3.
III.3. El caso planteado, se encuentra dentro de los supuestos previstos en la norma y jurisprudencia señalada, puesto que, la recurrente sostiene que dentro del proceso coactivo civil seguido por el Banco Ganadero S.A. en su contra y la de su ex esposo, se han dictado resoluciones arbitrarias e ilegales, pues en su criterio el Juez en Sentencia declaró probada la demanda e improbadas las excepciones de inhabilidad del título y falta de fuerza coactiva del mismo, rechazando su exclusión, no obstante que demostró con pruebas que procedían dichas excepciones, Resolución que fue confirmada en apelación por los vocales recurridos quienes pronunciaron un Auto de Vista carente de motivación; estas aseveraciones cuestionan el hecho de que las autoridades recurridas al dictar las resoluciones impugnadas, no hubieran valorado correctamente las pruebas aportadas, pretendiendo a través de esta acción tutelar, se anule y se deje sin efecto dichas resoluciones judiciales. Por otra parte, si considera que se dieron irregularidades en el proceso coactivo civil -en el que no obstante evidenciarse que asumió defensa sin restricción alguna- o que el documento de crédito que originó el aludido proceso tuvo vicios de nulidad, por no haberlo suscrito u otras omisiones en las que pudieron haber incurrido las autoridades demandadas, puede acudir a la vía ordinaria prevista en el referido art. 490 del CPC, sustituido por el art. 28 de la LAPCAF donde además puede hacer valer su derecho de propiedad ganancial alegado de lesionado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe del recurrido
- I.2.3.
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Queda a salvo, para cualquiera de las partes, el derecho a promover demanda ordinaria en la forma prevista por el artículo 490 y se tramitarán por separado
- III.3.
- REVOCA