SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0428/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0428/2004-R

Fecha: 24-Mar-2004

II.3

II.3   Por memorial de 10 de julio de 2002, los ahora recurrentes pidieron la extinción de acción y suspensión del remate, argumentando que no está cumplido el requisito exigido por el art. 565 del Código de procedimiento civil (CPC) en vista de existir solamente dos acreedores y no tres (fs. 41); tramitado que fue ese incidente y radicado el expediente en el Juzgado de Partido Quinto en lo Civil -a cargo del ahora recurrido-, los recurrentes nuevamente por memorial presentado el 16 de junio de 2003, solicitaron resolución del incidente de acción concursal (fs. 68).