SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0428/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0428/2004-R

Fecha: 24-Mar-2004

III.      FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes señalan que en el proceso de concurso voluntario iniciado a favor de sus acreedores, solicitaron la extinción de la acción y suspensión de remate con el fundamento de que no existían tres acreedores, sino sólo dos, en vista de haberse excluido del proceso a una de las acreedoras, solicitud que fue rechazada por el Juez recurrido, por Auto de 20 de junio de 2003, al existir tres procesos ejecutivos acumulados al concurso; por lo que -los ahora recurrentes- apelaron tanto de esta resolución así como del Auto complementario de 28 de junio de 2003; recurso que no había sido concedido  por la autoridad recurrida, pese al  tiempo transcurrido;  que  el hecho de haber sido desapoderados violentamente de su casa y la Resolución ilegal dictada por el Juez recurrido, lesionan su derecho  a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la propiedad privada,  por lo que no existe otro medio que el amparo para el restablecimiento de estos derechos. Correspondiendo en consecuencia, analizar en revisión si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.