Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0433/2004-R
Fecha: 24-Mar-2004
II.5
II.5 El 17 de diciembre de 2003, la Jueza de Partido Primero en lo Civil de la Capital - ahora recurrida - mediante Resolución 509/2003, declinó de competencia de la demanda de auxilio judicial y dispuso su remisión al Centro de Conciliación y Arbitraje del I. Colegio de Abogados de La Paz, haciendo cita del art. 12.II de la LAC y de la Cláusula Octava del Acuerdo Conciliatorio (fs. 65).