Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0489/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
II.3
II.3 El 26 de octubre de 2000, en ejecución de sentencia, el Juez de la causa dispone que se oficie a la Superintendencia de Bancos de acuerdo a la solicitud de congelamiento de cuentas o retención de fondos que tuviere el Consorcio, hasta la suma referida por avalúo (fs. 149). El recurrente mediante memorial presentado el 31 de octubre de 2000, en el segundo otrosí, interpone recurso de reposición con alternativa de apelación contra la citada determinación (fs. 151 a 151 vta.), el 8 de noviembre de 2000 Jaime Rafael Saavedra Borda pide se rechace la prueba aportada por el recurrente (fs. 155-157).