SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0361/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0361/2004-R

Fecha: 17-Mar-2004

III.3.

III.3. En el caso que se examina, de la revisión de antecedentes y del contenido del recurso, se evidencia que en la demanda de auxilio judicial  para la designación de árbitros, instaurada por Luis Artemio Lucca Suárez contra “Alianza Vida Seguros y Reaseguros” S.A., Banco “Santa Cruz” S.A, “H.P. Brokers Corredores de Seguros” S.R.L. y “BISA de Seguros y Reaseguros” S.A., el Juez recurrido, mediante Auto Definitivo 806 de 23 de septiembre de 2003, rechazó las solicitudes de declinatoria y se declaró competente para conocer el pedido de auxilio judicial para la constitución del tribunal arbitral (fs. 304 a 307); resolución que fue apelada por la empresa demandante, recurso que a la fecha se encuentra en trámite y pendiente de resolución ante la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz; cual convence la certificación emitida por el Secretario de Cámara de dicho Tribunal; consecuentemente, al existir este recurso ordinario que no ha sido  previamente agotado, es de inexcusable aplicación el art. 96. 3) LTC, en virtud del principio de subsidiariedad que caracteriza al amparo y declarar la improcedencia de este recurso.