SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0498/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0498/2004-R

Fecha: 05-Abr-2004

SC 327/2004-R, de 10 de marzo

En este cometido, se debe recordar que la SC 327/2004-R, de 10 de marzo, ha establecido que del contenido de los arts. 18 de la CPE, 89.I y 91.VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) , así como de los debates parlamentarios en el proceso de sanción de la Ley del Tribunal Constitucional, “[…] se extrae de manera clara y precisa que la voluntad del legislador es que las lesiones al derecho a la libertad encuentren protección dentro del ámbito del hábeas corpus, declarando su procedencia en los casos en que se constate la existencia de una ilegal privación de libertad, no obstante haber cesado la detención antes de la interposición del recurso..”.