Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0554/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
II.5.
recurrente mediante escritos de 17 y 18 de diciembre (fs. 11 a 14), ante los jueces Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de Ejecución Penal de La Paz, (fs. 18 y 19), el Juez Tercero de la materia por proveído de 22 de diciembre (fs. 20), se declaró incompetente con el fundamento que los solicitantes deben recurrir a la vía legal que corresponda si se encuentran privados de libertad en una cárcel diferente a las que el Juez Natural había señalado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.Mediante memoriales presentados el 15 de diciembre de 2004
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- el juez de ejecución penal y, en su caso, el juez de la causa,
- atribuye al juez de ejecución penal la potestad de conocer y controlar la ejecución de las sentencias
- III.6.