Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0564/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
II.3.
II.3. El 25 de julio de 2003, se dictó la Resolución 332/2003 que declaró nulo el Auto de concesión de alzada de 3 de agosto de 2002 y consiguientemente quedó ejecutoriada la Sentencia, con el argumento de que la apelación se interpuso a los veintidós días de haberse notificado con la Sentencia y no a los diez que establece la Ley, puesto que si bien la recurrente solicitó complementación y enmienda “este petitorio fue desestimado por simple decreto y no por auto”, conforme lo dispone el art. 221 del CPC, en consecuencia, no se suspendió el plazo previsto por el art. 220-I inc. 1) del CPC (fs. 45).