SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0568/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0568/2004-R

Fecha: 15-Abr-2004

consignación en el presupuesto general de la Prefectura

          La cláusula cuarta señala como obligación de la Prefectura, entre otras, la consignación en el presupuesto general de la Prefectura, partidas destinadas a la atención de obras y los programas referidos en la cláusula tercera de acuerdo a los Reglamentos y procedimientos presupuestarios y disposiciones financiales vigentes, tomando en cuenta, además de otros criterios, el uso de recursos humanos.

          La Arquidiócesis, conforme a la cláusula séptima, tiene entre otras obligaciones en el área de salud, prestar servicios de atención sanitaria a través de sus obras, programas y proyectos de salud en atención primaria, promoción, educación y prevención, asistencia y reparación de la salud, organización comunitaria, nutrición alternativa, medicina tradicional, desarrollo integral de la persona y la comunidad, implementación de Sistemas de Saneamiento Básico y otros de acuerdo a las necesidades del momento previa evaluación de todos estos programas en el marco de los reglamentos y objetivos de la DIDES (SEDES).