SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0568/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0568/2004-R

Fecha: 15-Abr-2004

procedimiento de ejecución del Convenio

          El procedimiento de ejecución del Convenio está estipulado en la cláusula octava, cuyo numeral  3  indica que los requerimientos de la Arquidiócesis en el área de salud del Convenio Operativo, se regirá por los criterios allí señalados, entre los que se encuentra el inciso c) que textualmente manifiesta: “Para la provisión de ítems procedentes de la Administración Pública en las Obras de Salud de la Iglesia, se realizará por sistema de presentación de ternas por parte de la Arquidiócesis, dejando la designación de entre los de la terna a la Prefectura” (las negrillas son nuestras).