SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0577/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró procedente el recurso con relación a los vocales recurridos e improcedente respecto al Juez recurrido, anulando el Auto 347/2003, de 1 de agosto, disponiendo se pronuncie un nuevo auto de vista, con los fundamentos siguientes: a) la Sala Civil Tercera ha vulnerado los arts. 190 y 192 del CPC y los principios procesales de motivación, pertinencia, congruencia y exhaustividad a tiempo de pronunciar el Auto de Vista 347/2003 al no haber realizado una valoración jurídica de las pruebas; b) existe la obligación de todo juez o tribunal ya sea judicial o administrativo de exponer las razones que lo llevan a tomar una determinación o decisión, conforme se ha establecido en las SSCC 1302/2002-R, 1369/2001-R.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- III.3.
- , lo cual le ha restringido sus derechos al debido proceso y a la defensa, pues no se ha dictado una resolución debidamente fundamentada, de manera que corresponde compulsar los supuestos actos ilegales y omisiones indebidas denunciadas
- vulnerando el art. 28 de la LOJ y desconoció que no existe renuncia previa a los trámites del proceso ejecutivo, que la parte resolutiva de la Sentencia es imprecisa
- APRUEBA