SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0598/2004-R
Fecha: 19-Abr-2004
improcedente
La Resolución 03/2004-SSA-I, cursante a fs. 94 y 95, pronunciada el 29 de enero de 2004 por la Sala Social y Administrativa Primera, de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente el recurso, bajo estos fundamentos: 1) los recurrentes fueron notificados en el verificativo de la última audiencia como consta de fs. 118 de obrados; 2) según lo previsto por el art. 250 del CPP, las medidas cautelares son revocables o modificables y no tienen carácter definitivo; teniéndose aun pendientes el uso de otros medios o recursos previstos por Ley, por lo que se evidencia que las autoridades recurridas no suprimieron derechos a la legítima defensa ni al debido proceso y que el art. 96.I de la LTC es categórico al respecto.