SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0599/2004-R
Fecha: 22-Abr-2004
II.2
II.2 El ejecutado -ahora recurrente- interpuso recurso de apelación contra la Sentencia dictada (fs. 89 a 92); a cuyo efecto, previo traslado contestado, el Juez recurrido a tiempo de pronunciar el Auto de 29 de enero de 2003, incurre en error en cuanto a la mención de la parte apelante, al señalar los nombres de los ejecutantes (Pedro Antonio de Urioste y/o Bergman Balcazar Jiménez en representación del Banco “Ganadero” S.A., en lugar de referirse a Juan Arturo Heredia M.) además de haber concedido el recurso de apelación en el efecto suspensivo conforme dispone el art. 224 inc. 3) del CPC (fs. 95); procediéndose a su correspondiente notificación al ejecutado el 3 de febrero de 2003 (fs. 96).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III.1
- III.2.1
- III.2.2.
- III.2.3.
- incurrio en un error de identidad respecto de la parte apelante, afectando así los derechos de quien interpuso el recurso
- III.3.1
- confirma el decreto de ejecutoria apelado, no realizaron una fundamentación adecuada, en función a la normativa procesal vigente
- APRUEBA