SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0599/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0599/2004-R

Fecha: 22-Abr-2004

III.2.2.

III.2.2. El derecho a la seguridad jurídica, invocado como lesionado por el recurrente, ha sido desarrollado por este Tribunal a través de su amplia y uniforme jurisprudencia, como "la condición esencial para la vida y el desenvolvimiento de las naciones y de los individuos que la integran. Representa la garantía de aplicación objetiva de la Ley, de modo tal que los individuos saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de los gobernantes pueda causarles perjuicio"; trasladado al ámbito judicial, implica el derecho a la certeza y la certidumbre que tiene la persona frente a las decisiones judiciales, las que deberán ser adoptadas en el marco de la aplicación objetiva de la Ley y la consiguiente motivación de la resolución (SC 0753/2003-R de 4 de junio)