SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0635/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0635/2004-R

Fecha: 27-Abr-2004

III.   FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

En este recurso el actor arguye que la Jueza recurrida ha vulnerado el derecho a la defensa y al debido proceso de sus defendidos, al no haberlo notificado mediante cédula en su domicilio pasando por alto la representación del oficial de diligencias que informó que su representado no fue habido en el domicilio señalado, permitiendo un proceso indebido en el que fueron declarados rebeldes, designándoles un defensor de oficio que no asumió defensa material alguna  menos interpuso el recurso de apelación. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.