SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0641/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0641/2004-R

Fecha: 27-Abr-2004

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente, Benedicto Aguilar Sánchez, en su condición de abogado y recurrido, se ratifica íntegramente en los argumentos expuestos en la demanda y los amplía indicando, que este recurso tiene su origen en la errónea interpretación que hace la Jueza recurrida de su participación como abogado, en la elaboración del documento transaccional de 30 de enero de 1998 (fs. 192 a 196), con el que se resuelve un conflicto ordinario civil, cuyo cumplimiento fue exigido posteriormente en la vía ejecutiva, en el que se dispone la entrega de 700 m. a la familia Vega Escurra. Como emergencia de esto, se les inicia el injusto proceso penal, que ha motivado el presente recurso, porque se ha desarrollado en franca violación de normas procedimentales penales.

Por su parte, el abogado de los recurrentes, alega que un abogado debe ser excluido del proceso penal cuando no ha sido licenciado por el Colegio de Abogados para su juzgamiento, por lo que la Jueza recurrida debió admitir las excepciones opuestas por los recurrentes; por esto, el recurso debe ser declarado procedente.

La abogada recurrida, Sofía Ondarza Zegarra, amplía el recurso, señalando que el trámite del proceso penal seguido en su contra, adolece de una serie de irregularidades en el procedimiento, porque ha existido amedrentamiento de parte de la recurrida, solicitudes de imposición de multas a los procesados por las intervenciones en el juicio oral, hechos que a la larga han conducido a que se dicte Sentencia condenatoria en su contra.