Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0650/2004-R
Fecha: 04-May-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado del recurrente ratificó los fundamentos de la demanda y los amplió indicando que conforme a la Ley de abolición de prisión y apremio corporal por obligaciones patrimoniales (LAPACOP), nadie puede estar detenido ni preso por deudas, ya que existen las vías llamadas por ley para el cobro de cualquier honorario.
El abogado del recurrente ratificó los fundamentos de la demanda y los amplió indicando que conforme a la Ley de abolición de prisión y apremio corporal por obligaciones patrimoniales (LAPACOP), nadie puede estar detenido ni preso por deudas, ya que existen las vías llamadas por ley para el cobro de cualquier honorario.