SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0650/2004-R
Fecha: 04-May-2004
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución de 18 de febrero de 2004, cursante de fs. 6 a 7 pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Marco Antonio Valda Clavijo en representación sin mandato de Leónidas Félix Rojas contra Juan José Peñalosa Valenzuela, Director del Hospital Maternológico “Germán Urquidi”; alegando la vulneración del derecho a la libertad física, consagrado en el art. 6.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
En revisión la Resolución de 18 de febrero de 2004, cursante de fs. 6 a 7 pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Marco Antonio Valda Clavijo en representación sin mandato de Leónidas Félix Rojas contra Juan José Peñalosa Valenzuela, Director del Hospital Maternológico “Germán Urquidi”; alegando la vulneración del derecho a la libertad física, consagrado en el art. 6.II de la Constitución Política del Estado (CPE).