SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2004-R

Fecha: 04-May-2004

II.4.

 II.4.  A través del Auto de Vista de 20 de noviembre de 2003 (fs. 34 y vta.), los co-recurridos vocales de la Sala Civil Tercera, confirmaron la Sentencia apelada, con el fundamento de que el documento de crédito base de la ejecución reconoce categóricamente la condición de deudor, con relación al acreedor, lo que constituye suficiente y legítimo título ejecutivo y que “las excepciones opuestas resultan irrelevantes en su consideración, por su ningún contenido legal, que las haga prosperables, tendiendo las mismas solo a dilatar, el cumplimiento de una obligación que data de hace cuatro años atrás, desnaturalizando el carácter expeditivo que tiene la acción ejecutiva” (sic) el Juez  Octavo de Partido en lo Civil y Comercial co-recurrido, confirmó la Sentencia de primera instancia, con lo que se notificó solamente al demandante del interdicto (fs. 53).