SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2004-R

Fecha: 04-May-2004

vocales de la Sala Civil Tercera,

Los co-recurridos vocales de la Sala Civil Tercera, en el informe que sale de fs. 89 a 90, expresan que la Sala previo análisis de los antecedentes y las pruebas cursantes en obrados en virtud del principio de congruencia y pertinencia establecido en el art. 236 del CPC dictó la Resolución 557/2003 de 20 de noviembre -hoy impugnada- en la que señalaron que el proceso ejecutivo es el procedimiento establecido para que el acreedor cobre o recupere de sus deudores morosos, el crédito cuya legitimidad no puede dudarse por la naturaleza del documento establece la condición de acreedor y deudor de los suscribientes, características que tiene el documento base de la ejecución resultando irrelevantes las excepciones, por carecer de contenido legal que las haga prosperables, tendiendo las mismas sólo a dilatar el proceso.