Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0679/2004-R
Fecha: 04-May-2004
II.5.
II.5.A fs. 361 cursa un formulario de notificaciones con la firma de Belarmino Mamani Escóbar, que indica que el 28 de mayo de 2002 notificó a Edgar Salazar Alcoreza con la Resolución de 17 de mayo, en su domicilio particular, empero, a la vuelta, representó no haber encontrado el número que indica la dirección para notificarlo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.4.La Resolución 014/2002 de 17 de mayo (fs. 353 a 356)
- II.5.
- 19 de junio
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- no es menos cierto
- Fragmento 16
- no obstante de haber sido retirado de la Academia de Música en diciembre de 2000, no efectuó ningún reclamo en la vía administrativa sino hasta el mes de abril de 2002
- III.4.