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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0679/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0679/2004-R

    Fecha: 04-May-2004

    II.5.

    II.5.A fs. 361 cursa un formulario de notificaciones con la firma de Belarmino Mamani Escóbar, que indica que el 28 de mayo de 2002 notificó a Edgar Salazar Alcoreza con la Resolución de 17 de mayo, en su domicilio particular, empero, a la vuelta, representó no haber encontrado el número que indica la dirección para notificarlo.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3.   Autoridad o persona recurrida y petitorio
    • a)
    • procedente
    • II.1.
    • II.4.La Resolución 014/2002 de 17 de mayo (fs. 353 a 356)
    • II.5.
    • 19 de junio
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • no es menos cierto
    • Fragmento 16
    • no obstante de haber sido retirado de la Academia de Música en diciembre de 2000, no efectuó ningún reclamo en la vía administrativa sino hasta el mes de abril de 2002
    • III.4.

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